Si te despidieron sin causa, estimá los dos rubros más grandes: la indemnización por antigüedad (Art. 245 LCT) y el preaviso. Es una estimación orientativa para que tengas una idea; abajo te explicamos qué más se suma y qué puede cambiarla.
Qué incluye este estimador: la indemnización por antigüedad (un mes del mejor sueldo por año trabajado o fracción mayor a 3 meses, con un piso de un sueldo) y el preaviso (1 mes si tenés menos de 5 años de antigüedad, 2 meses si tenés 5 o más), más el aguinaldo proporcional sobre ese preaviso.
Qué NO incluye (y suele sumar varios sueldos más): la integración del mes de despido, las vacaciones no gozadas y el aguinaldo proporcional del semestre. La liquidación final suele ser bastante mayor que esta estimación.
Para entender cada rubro en detalle, leé cómo se calcula la indemnización por despido. ¿Vas a cobrarla? Mirá dónde poner los pesos para que no se la coma la inflación.
La calculadora estima lo que podría corresponderte por un despido sin causa: la indemnización por antigüedad (un sueldo por año o fracción mayor a tres meses) más el preaviso. Es un estimador para que tengas una idea del orden de magnitud antes de sentarte a negociar o de consultar a un abogado.
El cálculo definitivo depende de tu convenio, de los topes aplicables y de particularidades de tu caso, así que conviene tomarlo como una referencia sólida, no como un número final cerrado.
Supongamos que trabajaste 4 años y 5 meses, y tu mejor sueldo bruto fue de $1.000.000. La antigüedad se paga como un sueldo por año o fracción mayor a tres meses: como los 5 meses superan ese umbral, cuentan como un año más, así que serían 5 sueldos, o sea $5.000.000. A eso se suma el preaviso (uno o dos meses según antigüedad) y, si el despido cae a mitad de mes, la integración del mes de despido. La calculadora arma esa estimación para que sepas de qué números estás hablando.
La indemnización por antigüedad es el corazón del cálculo: un mes de la mejor remuneración por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses. El preaviso es el plazo que el empleador debía avisarte antes de despedirte; si no lo hizo, te lo tiene que indemnizar (uno o dos meses según tu antigüedad). Y la integración del mes de despido cubre los días que faltaban para terminar el mes en que te despidieron. Sumados, esos tres conceptos son el grueso de lo que corresponde en un despido sin causa. El detalle de cada uno está en la guía de cómo se calcula la indemnización.
Aceptar el primer número que ofrece la empresa. Muchas veces el ofrecimiento inicial está por debajo de lo que corresponde. Tener una estimación propia te da piso para negociar.
Usar el sueldo neto en vez del bruto. La base de cálculo es la mejor remuneración bruta mensual, no lo que cobrás en mano.
Olvidar lo que se paga siempre, con o sin causa. Aunque la desvinculación sea por otra vía, te corresponden las vacaciones no gozadas y el aguinaldo proporcional. Eso se liquida aparte de la indemnización.
En general, un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses, tomando la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último período.
Es un plazo (uno o dos meses según antigüedad) que el empleador debe avisar antes de despedirte o, si no lo hace, indemnizar en dinero.
No. Es una estimación: hay topes por convenio, el piso Vizzotti y otras particularidades. Ante un caso real, consultá a un abogado laboral: acá te damos información general, no asesoramiento legal.
Entre otras cosas, se ajustó la base de cálculo de la antigüedad. Lo explicamos en detalle en la guía de cómo se calcula la indemnización.
Si renunciás, no cobrás indemnización por antigüedad ni preaviso, pero sí las vacaciones no gozadas y el aguinaldo proporcional.
No: la indemnización es un derecho del trabajador en relación de dependencia. Un monotributista que factura a una empresa no está en esa figura, salvo que se pruebe una relación laboral encubierta.